Lograr captar la atención del público objetivo es fundamental en un programa que es nuevo para todo tipo de nivel socioeconómico en el país. El uso de personajes de animales abre el camino a la creatividad y una conexión de amistad, compañerismo de aventura, de juego y hasta de aprendizaje, principalmente para el segmento de niños y adolescentes.

En este caso, se eligió a un animal para personificar y desarrollar el sitio web del Programa de Educación Financiera (PEF) y se seleccionó al mono.

Como todos los primates, los monos poseen una gran inteligencia. Los monos pueden comunicarse unos con otros mediante posturas del cuerpo, gestos y sonidos, lo que requiere una cierta inteligencia para poder interpretar todas esas señales. También poseen habilidad para comprender conceptos matemáticos básicos. Los monos se encuentran entre los más sociales de todos los mamíferos.

Estos animales fabrican herramientas con funciones distintas en cada extremo, hacen gala de una extraordinaria gama de comportamientos y talento. Son criaturas sociales que parecen capaces de mostrar empatía, altruismo, conciencia de sí mismas, cooperación en la resolución de problemas y aprendizaje a través de ejemplos y experiencias.

Presentamos el Perfil de nuestros personajes creados y diseñados para el Programa de Educación Financiera "Mi Herramienta Financiera".

  

Segmento: de 6 a 12 años
Nombre: Oscar
Óscar es un monito que tiene 6 años de edad, de estatura 1.30 cm, contextura delgada, su sonrisa denota alegría y se aprecian parte de sus dientes.

De personalidad alegre y juguetona, con ropa sport, y a veces le gusta usar gorra.

Es muy atento y participativo en la escuela; con esfuerzo y concentración soluciona problemas matemáticos que otros no pueden. Es un monito muy sociable, tiene muchos amigos en común. Es el típico monito que le gusta siempre llamar la atención de los demás.
 

Segmento: de 13 a 18 años
Nombre: Susy
Susy es una monita que tiene 15 años de edad, de estatura 1.50 cm.

Tiene un carisma que agrada, es muy sociable y extrovertida, inteligente y creativa para utilizar la computadora.

Le gusta navegar en internet desde su tablet, y está relacionada con las redes sociales, lo que le ha permitido crear muchas amistades.

Tiene muchos amigos y amigas, le gusta participar en actividades del colegio como: organizar eventos, fiestas, ferias escolares.

Segmento: de 19 años en adelante
Nombre: Abel
Abel es un monito adulto que tiene 37 años de edad, de estatura 1.75 cm.

Su vestimenta es formal, utiliza camisa, corbata y pantalón, y siempre se preocupa por su imagen.

Es un monito de personalidad seria, es un profesional con 2 títulos universitarios, es economista y tiene una maestría en riesgo financiero, trabaja en una institución financiera, y a demás en las noches es profesor en diferentes universidades. Es casado, padre de 2 hijos y los fines de semana aprovecha para pasar en familia.

Le gusta enseñar temas financieros, es un lector apasionado y está convencido que el conocimiento y la aplicación es lo más importante para el éxito profesional.

 

Coordinadora del Programa de Educación Financiera – Banco Coopnacional S.A.:

 

  • Sra. Karen Beatriz Ostaiza Poveda
  • Teléfono.: 04-3709820 Ext.: 121, 160 o marque el 1700-226226
  • E-Mail: bcn@miherramientafinanciera.com - kostaiza@coopnacional.com
  • Oficina Matriz: Capitán Nájera 4210 y Décima Cuarta – Edificio Anexo

 

La Cooperativa de Ahorro y Crédito Nacional Ltda. se constituyó el 3 de marzo de 1978 para beneplácito de los miles de socios que hoy integran esta gran institución. Luego de alcanzar grandes triunfos como la mejor cooperativa de ahorro y crédito del país, Cooperativa Nacional cambia su denominación a BANCO COOPNACIONAL S.A. con la finalidad de brindar mayores beneficios a todos los clientes y público en general.

A principios de nuestra actividad económica, se promovía el ahorro a través de un sacrificado trabajo como es: entrevista de casa en casa con las personas que necesitan ahorrar y, a través del ahorro, conseguir préstamos con intereses bajos.

Los fundadores pensaron en el cooperativismo y en el ahorro tomando en consideración que es el mejor instrumento positivo en el desarrollo económico y social de los pueblos; el sistema que entraña la acción mancomunada de los hombres sin distinción de ninguna naturaleza.

En el transcurso del primer año de fundación, se piensa en la comodidad de los cooperados inaugurándose la Agencia No. 1 en Gómez Rendón y Tungurahua, un populoso sector de nuestra urbe, la cual es recibida con beneplácito al comprender los beneficios que reciben y la misión que tienen por objeto cumplir.

Transcurridos pocos meses de intensa labor humanitaria, personas de otros sectores reclaman la presencia de nuestra institución para ser protegidos por el símbolo de Cooperativa Nacional. Para cubrir esas necesidades y satisfacer el clamor de los sectores populares se inaugura la Agencia No. 2 en Maracaibo y Los Ríos, el recordado 15 de enero de 1980.

Contando en esa fecha con 20.000 socios en las tres oficinas; la institución es solicitada por los pequeños y grandes comerciantes de los centros de abastos. En vista de estos requerimientos se inaugura, el 23 de agosto de 1980, la Agencia No. 3, en 6 de Marzo entre Colón y Alcedo.

En la actualidad, el BANCO COOPNACIONAL S.A. cuenta con su oficina Matriz y tres agencias ubicadas en la ciudad de Guayaquil. El agradecimiento perpetuo a todos nuestros clientes y accionistas que han permitido que, hoy por hoy, nuestra entidad sea una insignia del Sistema Financiero Nacional.

 

 

 

Nuestra Misión
"Brindar al microempresario de Guayaquil y de los cantones aledaños financiamiento de forma oportuna, transparente, con respeto y disciplina. Apoyados en adecuadas tecnologías de información que permitan obtener una rentabilidad para los accionistas y un sueldo digno y justo para todo el personal, respetando y protegiendo al medio ambiente."

 

Nuestra Visión
"Ser la primera y mejor opción de financiamiento que facilite el desarrollo económico de nuestros clientes."

 


 

 

A

Anulación del cheque

Es el acto por medio del cual el titular o el girador de una cuenta corriente solicita al girado se deje sin efecto uno o más formularios de cheques.

Acreedor

Es quien concede el préstamo: prestamista.

Ahorro

Aquella parte de la renta que no es gastada en los bienes de consumo y servicios. Tal reserva tiene como finalidad la previsión de eventualidades futuras o la realización de una inversión. Constituye la diferencia entre ingresos y egresos. Estos valores generalmente se depositan en instituciones financieras a cambio de un interés; la banca utiliza tales depósitos para otorgar préstamos o hacer inversiones. Se cree entonces que existe una relación entre el ahorro, la inversión y de la formación de capital.

B

Beneficiario del cheque

Es la persona natural o jurídica a nombre de quien se emite un cheque.

Banca Electrónica

Tipo de banca que presta sus servicios a sus clientes a través de diferentes tecnologías de comunicaciones, como el internet o líneas telefónicas (banca telefónica). Es también conocida como banca a domicilio.

Banca Personal

Conjunto de servicios de financiamiento y otros que una institución bancaria brinda a sus clientes.

Banco Central

Institución oficial encargada del manejo nacional de la liquidez y los medios de pago en una economía. En el Ecuador, debido al proceso de dolarización, las funciones de emisión monetaria se han limitado a algunas monedas fraccionarias. Beneficio: Resultado restar de los ingresos totales obtenidos en un determinado período, los costos incurridos en la obtención de dichos ingresos.// En economía, resultado positivo obtenido en una transacción económica cuando el costo de un bien o servicio es inferior a su precio de venta.

C

Caducidad del cheque

Es la pérdida de validez de un cheque por efecto del vencimiento del plazo de presentación al cobro, establecido en el artículo 58 de la Ley de Cheques.

Cuenta corriente bloqueada

Es la cuenta corriente que no puede ser manejada por su titular o persona autorizada, en base a una disposición judicial o de autoridad competente.

Cuenta corriente personal

Es una cuenta corriente abierta a nombre de una persona natural. En este tipo de cuenta corriente la condición de titular y girador recae en la misma persona.

Cuenta corriente colectiva

Es una cuenta corriente abierta a nombre de dos (2) o más personas naturales. En este tipo de cuenta corriente recae la condición de titular en todas las personas registradas en la institución financiera girada; y, la condición de girador en la persona o personas que emiten el cheque.

Cuenta corriente corporativa

Es una cuenta corriente abierta a nombre de, entre otras, una persona jurídica, fundación u otras sociedades. En esta clase de cuenta corriente la calidad de titular recae en la persona jurídica y la calidad de giradores en aquellas personas autorizadas a girar cheques contra dicha cuenta.

Cuentas corrientes de entidades públicas

Son las cuentas aperturadas por entidades del sector público. En esta clase de cuenta corriente la calidad de firmas autorizadas recae en aquellas personas autorizadas a girar cheques contra dicha cuenta.

Cuenta corriente cerrada

Es aquella cuenta corriente que por el incumplimiento a disposiciones legales y reglamentarias ha sido sancionada por la Superintendencia de Bancos y Seguros y como efecto de la sanción, no se puede girar ni pagar cheques, ni registrar otros movimientos de captaciones o retiros, debido a que su titular, girador, firma conjunta o firma autorizada ha sido sancionado por el incumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias.

Cuenta corriente cancelada

La cancelación de una cuenta corriente puede generarse en la decisión del cuentacorrentista o de la entidad financiera, por lo que se tendrán los siguientes tipos de cancelación:

Cancelación por parte del titular.- Es el acto por medio del cual el titular de la cuenta corriente da por terminado el contrato de cuenta corriente, lo que deberá notificar por escrito a la entidad financiera. Como consecuencia el cliente retirará todos los fondos de su cuenta corriente y dejará de operar con esa entidad a partir de la fecha de notificación; y,

Cancelación por parte de la entidad financiera.- Es el acto por medio del cual la entidad financiera da por terminado el contrato de cuenta corriente, en base a las causales determinadas en el contrato de cuenta corriente y en el presente capítulo.

Cheque

Es la orden incondicional de pago por medio del cual el girador dispone al girado el pago de una determinada suma de dinero a un beneficiario. El cheque debe cumplir con las características físicas, electromagnéticas, de diseño, dimensiones y seguridades establecidas por la Junta Bancaria.

Cheque certificado

Es el cheque cuyo girado asegura el pago del importe al beneficiario consignando la palabra "certificado" de forma escrita, la fecha y firma de la persona autorizada por el girado, liberando al girador de la responsabilidad del pago del mismo.

Cheque de gerencia

Son las órdenes internas de caja u otros giros contra la propia institución, extendidos por el gerente o funcionario autorizado por servicios, compras y otros conceptos similares, es decir, que tengan relación con el funcionamiento administrativo de la institución. Este tipo de cheques no se utilizará para operaciones financieras propias de la entidad; (reformado con resolución No. SBS-2014-745 de 3 de septiembre del 2014).

Cheque de emergencia

Es el cheque girado por el gerente o funcionario autorizado del girado contra una cuenta corriente, a petición del cuentahabiente, que debe recurrir a la entidad financiera para que le gire un cheque por la cantidad que requiera. Este cheque debe estar girado a nombre del beneficiario que señale el solicitante.

Capital

En finanzas también se denomina capital a la cantidad monetaria colocada como inversión en una operación.// Capital o principal es la suma invertida o prestada.

Captaciones

Constituyen todos los recursos del público que han sido depositados en una institución financiera a través de depósitos a la vista y depósitos a plazo u otros mecanismos.

Carga Financiera

Gastos que deben ser satisfechos por el cliente, originados en operaciones de crédito, pero que no constituyen una remuneración a las instituciones financieras, tales como los impuestos, corretaje de intermediarios, etc.

Crédito

Es el uso de un capital ajeno por un tiempo determinado a cambio del pago de una cantidad de dinero que se conoce como interés.// Obtención de recursos financieros en el presente sin efectuar un pago inmediato, bajo la promesa de restituirlos en el futuro en condiciones previamente establecidas. Crédito bancario: es un contrato por el cual una entidad financiera pone a disposición del cliente cierta cantidad de dinero, el cual deberá de devolver con intereses y comisiones según los plazos pactados.

Créditos Comerciales

Todos aquellos dirigidos al financiamiento de actividades productivas, las operaciones de tarjetas de crédito corporativas y los créditos entre instituciones financieras. Crédito Corriente: Préstamo concedido a través de una tarjeta de crédito donde el cliente realiza sus consumos y puede pagar sin recargo en el mes siguiente al estado de cuenta.

** Crédito Diferido hasta 24 meses Este crédito le permite al socio de una tarjeta de crédito efectuar sus consumos con un financiamiento, en cuotas iguales, incluido un interés.

** Planes pagos sin intereses El socio puede solicitar, en los establecimientos afiliados a la tarjeta de crédito, los planes a 3, 6 y 12 pagos, sin interés.

Créditos de Consumo

Los otorgados a personas naturales que tengan por destino la adquisición de bienes de consumo o pago de servicios; que generalmente se amortizan en función de un sistema de cuotas periódicas y cuya fuente de pago es el ingreso neto mensual promedio del deudor, entendiéndose por éste el promedio de los ingresos brutos mensuales del núcleo familiar menos los gastos familiares estimados mensuales.

Crédito diferido

Ingreso contabilizado antes de que el valor por lo que éste se reciba se entregue total o parcialmente. También conocido como ingreso diferido.

Crédito Hipotecario

Aquel en el que el deudor cuenta con el respaldo de una garantía de un bien inmueble hipotecado a la institución financiera. Por lo general, es de mediano o largo plazo y se otorga para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, compra de sitios, oficinas o locales comerciales, o para libre disponibilidad; tales propiedades quedan como garantía del préstamo, a favor de la institución financiera que lo otorga, para asegurar el cumplimiento de su pago.

Crédito Rotativo

Crédito a favor de tercero en el que una vez liquidada una operación o disposición, el crédito renace por el importe de ésta.

Crédito para la Vivienda

Los otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, reparación, remodelación y mejoramiento de vivienda propia, siempre que se encuentren amparados con garantía hipotecaria y hayan sido otorgados al usuario final del inmueble; caso contrario, se considerarán como créditos comerciales.

Crédito PYME

Créditos para los pequeños y medianos empresarios

Cuenta Bancaria

Contrato por medio del cual, cierto tipo de institución financiera se compromete a custodiar los fondos depositados en ella por un titular de cuenta. Las cuentas bancarias pueden ser: cuentas corrientes o cuentas de ahorro.

Permiten a las instituciones financieras captar dinero del público a través de depósitos, obteniendo fondos para otorgar préstamos y realizar inversiones, ofreciendo a los clientes la custodia de su dinero y otros servicios, como: pagos generales, tarjetas de retiro de cajero, tarjetas de débito, información telefónica, banca electrónica, seguros contra accidentes, que difieren de una entidad a otra.

Cuenta Corriente

Es un contrato (escrito) por el cual un banco se obliga a cumplir las órdenes de pago que emite el cuenta-correntista (cliente o titular de la cuenta corriente), en forma de cheques (documentos que constituyen un medio de pago) u otros mecanismos de pago y de registro, hasta el límite de la cantidad de dinero que tal cliente haya depositado en dicha cuenta, o del crédito que se haya estipulado entre las partes. También es denominada cuenta de depósitos monetarios.

Estas cuentas pueden ser personales, colectivas o corporativas y de instituciones públicas y se hallan amparadas por el sigilo bancario. Su apertura o la suscripción del contrato, requiere la previa presentación de una solicitud dirigida desde titular, que debe ser aprobada por el banco, bajo su responsabilidad. Para aprobar una solicitud de apertura de cuenta corriente bancaria, el banco deberá verificar que el interesado no se encuentre sancionado con el cierre, suspensión o cancelación, por mal uso de una cuenta, en otro banco. Además, deberá cerciorarse obligatoriamente, sobre la identidad, solvencia, honorabilidad y antecedentes del solicitante.

Cuenta de Ahorros

El Contrato de la cuenta de ahorros es similar al de la cuenta corriente pero con la diferencia que los depositantes (cuenta-ahorristas) no pueden utilizar cheques.

D

Declarar sin efecto un cheque

Es el acto por el cual el girador dispone a la institución financiera girada el no pago del o los cheques en virtud de que los deja sin efecto por haber sido reportados como perdidos, deteriorados, destruidos o sustraídos.

Defecto de fondo del cheque

Es la carencia de alguno de los requisitos que deben constar en el cheque, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 1 de la Ley de Cheques, salvo lo previsto en el artículo 2 del mismo cuerpo legal, referente al lugar del pago.

Defecto de forma del cheque

Es aquel defecto que no invalida el cheque como tal, pero que ocasiona su rechazo. Se considerarán defectos de forma al cheque girado por persona inhabilitada o no autorizada a la fecha de giro, la disconformidad notoria de firma del girador o giradores con la registrada en la institución financiera, el uso de sello de antefirma, de sello seco, el uso de cintas adhesivas o de corrugados en las cifras de la cantidad. El rechazo surtirá efecto siempre que se cuente con la suficiente provisión de fondos, caso contrario se protestará el cheque.

Devolución del cheque

Es la entrega del cheque por parte de la entidad financiera, por efectos del protesto o del rechazo del pago, en los términos del artículo 24 de la Ley de Cheques. Para el caso de los cheques devueltos, la entidad financiera deberá estampar una leyenda que indique la causal del protesto o del rechazo de los mismos.

Depósito

Dinero que un titular de cuenta bancaria pone bajo la custodia de una institución financiera que se hace responsable. Según condiciones que se hayan fijado para realizarlo, pueden ser:

Depósitos a la vista

Depósitos a plazo

Depósito a la Vista

De acuerdo con el artículo 51 de la LGISF, los depósitos a la vista son obligaciones bancarias, comprenden los depósitos monetarios, los depósitos de ahorro y cualquier otro depósito que pueda retirarse en un plazo menor a treinta días, exigible mediante la presentación de cheques, libretas de ahorro u otros mecanismos de pago y registro.

Depósito a Plazo

Aquellos que sólo pueden ser exigidos luego de un período especificado de por lo menos mayor a treinta días; ganan un interés mayor que el de las cuentas de ahorro debido a que quedan inmovilizados para el depositante durante el plazo fijado. Para la institución financiera, constituyen obligaciones que se esperan sean requeridas en un plazo medio o largo. Los fondos bajo esta figura pueden instrumentarse en un título valor, nominativo, a la orden o al portador. Aunque son depósitos que pueden ser pagados antes del vencimiento del plazo, previo acuerdo entre el acreedor (institución financiera) y el deudor (titular de cuenta).

Depósito de Ahorro

Los que se realizan en cuentas de ahorro. Pueden ser retirados mediante presentación una libreta o por medio de una tarjeta de cajero automático.

Deuda

Obligación que se ha contraído con un tercero y que se ha de satisfacer. Generalmente, obligación de pagar cierta cantidad de dinero, así como puede ser mercancías o servicios, en virtud de un convenio.

Deudor

Es quien recibe el dinero del préstamo. Prestatario. Titular de una deuda.

Deudor Solidario

Garante.

E

Endosante del cheque

Persona que transmite a otra, por medio del endoso, los derechos y responsabilidades del cheque;

F

Firma registrada del cheque

Es la firma que consta en la tarjeta de registro de la entidad financiera, la que deberá ser similar a la que consta en la cédula de ciudadanía, de identidad, pasaporte o documento de identificación, según corresponda. Las personas naturales y jurídicas tendrán la obligación de mantener actualizado el registro de firmas.

Firma autorizada del cheque

Es la firma de la persona natural que consta en los registros de la entidad financiera, previamente autorizada por el titular de la cuenta corriente corporativa, para girar cheques contra la cuenta corriente del titular.

Firma conjunta del cheque

Son las firmas de las personas naturales que constan en los registros de la entidad financiera y que están autorizadas a girar cheques contra una cuenta corriente colectiva; y, que para la emisión del cheque deben constar la una junto a la otra.

Formulario de cheque

Es el formato que no ha sido girado. Se conoce como formato en blanco y debe contener los requisitos legales y reglamentarios establecidos para el efecto.

G

Girador del cheque

Es la persona natural que emite el cheque, pudiendo tener la calidad, ya sea de titular, firma autorizada o firma conjunta.

Garante

Es quien se compromete solidariamente con el deudor al pago de una deuda. De existir este deudor solidario, en caso de incumplimiento, la institución financiera exige al garante el pago de la deuda. Garantía: Respaldo con el que el deudor asegura el cumplimiento de una obligación. Las garantías pueden ser garantías reales, cuando están constituidas por bienes muebles o inmuebles y activos de diverso tipo, o pueden consistir en avales y fianzas que obtiene el prestatario o ser una garantía personal.

Garantía Personal

Aquella que se basa en la credibilidad del deudor.

Garantía Real

Aval en que el prestatario asegura la devolución de su deuda utilizando determinados bienes concretos; éstos pueden ser bienes inmuebles (viviendas, terrenos, edificios industriales, etc.) dando lugar a garantías hipotecarias, o bienes muebles (valores, mercancías, depósitos a plazo, etc.) dando lugar a garantías pignoraticias.

Garantía Solidaria

Garantía por la que el acreedor puede cobrar al deudor o a su garante.

I

Imagen digital del cheque

Es la imagen del cheque que al cumplir con los requisitos técnicos de la digitalización, debe aceptarse para el pago o en la respectiva compensación en cámara.

Institución financiera depositaria

Es la institución que está autorizada a la recepción de depósito de cheques y presentarlos en cámara de compensación para su pago. Para el caso de devolución, estas instituciones deberán estampar el sello correspondiente en el cheque físico devuelto, con la leyenda "A orden del girado".

Institución financiera girada

Es la institución que está autorizada legalmente para recibir depósitos monetarios. Es la entidad obligada a pagar, protestar o rechazar según el caso, el importe de un cheque girado.

Interés

Cantidad de dinero que debe pagarse al final de períodos determinados de tiempo como compensación al dinero prestado, depositado o invertido.// Es la ganancia que produce un capital en un tiempo determinado.// Es el precio que se paga por el uso del dinero que se presta o se debe. Ver plazo. Interés compuesto: Es el interés que, ganado en un período, se adhiere al capital al final de ese período, constituyéndose un nuevo capital, que producirá intereses que seguramente cumplirán con el mismo ciclo.

Inversionista (inversor)

Persona natural o jurídica que decide, sobre la base del capital del que dispone, sea propio o prestado, colocarlo en actividades productivas para obtener una ganancia.// La persona que adquiere títulos o invierte su dinero en algún proyecto para conseguir una ganancia.

M

Microcréditos

Es todo préstamo concedido a un prestatario, sea persona natural o jurídica, o a un grupo de prestatarios con garantía solidaria, destinado a financiar actividades en pequeña escala, de producción, comercialización o servicios, cuya fuente principal de pago la constituye el producto de las ventas o ingresos generados por dichas actividades, adecuadamente verificados por la institución del sistema financiero, que actúa como prestamista.

Monto

Cantidad, generalmente, medida en términos monetarios.// Financieramente, la suma del capital y los intereses. Monto efectivo: La cantidad de dinero que, como efectivo o depósito a la vista, el cliente obtiene cuando efectúa un crédito. No es igual al valor contratado.

Monto mínimo de Apertura

Cantidad de dinero mínima que requiere una persona natural o jurídica para abrir una cuenta de ahorros o cuenta corriente en una institución financiera. Este monto no es fijo, depende de la institución.

Mora

Tardanza en el cumplimiento del pago. El tiempo de dicha tardanza origina un interés por mora.

O

Obligación

Compromiso de pago.

P

Persona inhabilitada

Es el titular, girador, firma conjunta o firma autorizada que ha sido sancionada por la Superintendencia de Bancos y Seguros por el incumplimiento a disposiciones legales o reglamentarias; o, por no haber procedido al pago de multas por concepto de cheques protestados, dentro de los plazos previstos en la normativa vigente.

Plazo de presentación del cheque

Conforme lo establece el artículo 25 de la Ley de Cheques, deberán presentarse al pago dentro de los veinte (20) días contados desde la fecha de su emisión, aquellos cheques girados y pagaderos en el Ecuador; mientras que los cheques girados en el exterior y pagaderos en el Ecuador, se presentarán al pago dentro del plazo de noventa (90) días contados desde la fecha de su emisión. Sin embargo, el girado puede pagar un cheque en el Ecuador hasta trece (13) meses posteriores a la fecha de su emisión.

Portador o tenedor del cheque

Es la persona que posee el cheque en su calidad de beneficiario o endosatario.

Protesto del cheque

Es la negativa del girado a pagar un cheque presentado al cobro que no cuenta con la suficiente provisión de fondos, o por haberse girado en cuenta corriente cerrada o cancelada. El protesto puede ser total, si se protesta sobre el valor total del cheque, o parcial, si se ha efectuado un pago parcial sobre dicho cheque;

Plazo

Es el tiempo por el cual se ha concedido la operación de crédito. Póliza: Documento público, en el que se especifica que los valores reseñados en el mismo son de propiedad de determinado titular.

Préstamo

Obligación contractual en que un prestamista entrega dinero a un prestatario a cambio de un interés y/o comisiones (estas últimas regularmente para préstamos de mediano y largo plazo), al cabo de un tiempo determinado. La diferencia entre préstamo y crédito estriba en que, en un préstamo, el prestatario recibe una cantidad de dinero determinada, mientras que en un crédito, el prestamista pone el dinero a disposición del cliente hasta un límite. Los intereses de un préstamo se fijan al principio, mientras que en un crédito se van calculando en función de su utilización. La última diferencia notable es que un crédito puede renovarse a su vencimiento, sin necesidad de que sea liquidado, pero un préstamo, en cualquier caso, ha de devolverse, aunque puede realizarse un nuevo contrato.

Préstamo Hipotecario

Préstamo que tiene como garantía un bien (habitualmente un inmueble). En caso de que el prestatario no pueda hacer frente a la devolución de la deuda, el prestamista podrá ejecutar la hipoteca, con lo que el bien pasará a formar parte de su patrimonio. Este préstamo es un instrumento de financiación muy utilizado en la adquisición de viviendas.

Préstamo Quirografario

Llamado también directo o en blanco, es un préstamo en el que el prestatario firma uno o varios pagarés, por los que se ve obligado a reembolsar el capital más los intereses al prestamista, en el plazo convenido. Se concede a corto plazo, sin exigir garantías. Por lo general, se utiliza para cubrir necesidades inmediatas.

R

Rechazo del cheque

Es el acto mediante el cual el girado niega el pago de un cheque y devuelve por defectos de fondo o de forma. En caso de defecto de forma, si hay insuficiencia de fondos, corresponde el protesto del cheque.

Revocatoria del cheque

Es el acto por medio del cual el titular, girador o firma autorizada que giró el cheque, solicita al girado se abstenga de pagar uno o más cheques, bajo su responsabilidad tanto civil como penal de las consecuencias derivadas de la orden impartida al girado.

Retiro

Transacción por medio de la cual el cliente retira y recibe determinada cantidad de dinero existente en su cuenta bancaria en la oficina de su institución financiera.